El Ministerio de Inclusión ha aprobado una serie de instrucciones para aclarar y corregir parte del nuevo reglamento de Extranjería, especialmente en lo relativo al trato a los familiares de ciudadanos nacionalizados españoles. Ante las advertencias de ONG y juristas sobre una posible discriminación, el Gobierno ha permitido que estos familiares puedan acogerse también al régimen comunitario, lo que facilita que puedan solicitar la residencia desde España y no únicamente desde sus países de origen, como exigía la nueva normativa. Esta corrección busca evitar desigualdades entre ciudadanos españoles nacionalizados y otros europeos, y permitirá a los solicitantes elegir el régimen más favorable en función de su situación.
Sin embargo, las nuevas instrucciones no resuelven el punto más controvertido de la reforma: la situación de los solicitantes de asilo cuyas peticiones sean rechazadas. A partir del 20 de mayo, estas personas no podrán regularizar su situación hasta haber vivido al menos dos años sin papeles, ya que el tiempo transcurrido durante el proceso de asilo no se tendrá en cuenta para el arraigo. Aun así, el Ministerio ha matizado que sí se computará el tiempo anterior a la solicitud de protección, y que si el interesado desiste voluntariamente del trámite, podrá reactivar el cómputo desde ese momento, aunque persiste la preocupación por las consecuencias prácticas de esta medida.
Fuente: eldiario.es 15/05/2025
